TSJ declaró nulidad absoluta de reforma del Reglamento de Debates de la AN (+detalles)

La ponencia estuvo a cargo del magistrado Juan José Mendoza
Internet

Publicado: 19/12/2019 04:00 PM

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró este jueves la nulidad absoluta y la carencia de efectos jurídicos de la Reforma Parcial del Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional, referente a los artículos 13 ordinal 4; 46 y 56.

La ponencia estuvo a cargo del magistrado Juan José Mendoza, quien detalló que cualquier otra modificación de la referida reforma carece de legalidad.

La sentencia N° 517-2019 declaró competente para conocer y decidir la acción de nulidad interpuesta por los ciudadanos Leandro José Domínguez Báez, Jesús Gabriel Peña Navas y José Gregorio Noriega Figueroa, en su condición de venezolanos, diputados de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en nombre propio en resguardo de legítimos derechos subjetivos, con fundamento en lo estatuido en los dispositivos previstos en el numeral 1 del artículo 25 y los artículos 128, 129, 130 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, contra la reforma parcial del Reglamento de Interior y Debates, aprobada por la Asamblea Nacional en desacato el día 17 de diciembre de 2019, por colidir con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El instrumento jurídico ordena remitir copia certificada de esta decisión a la Asamblea Nacional Constituyente; al Poder Ejecutivo Nacional en la persona del presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, ciudadano Nicolás Maduro Moros; al Poder Ciudadano; al Poder Electoral y al Fiscal General de la República, a los fines del ejercicio de sus atribuciones correspondientes.

El Magistrado aseguró que tal acción representa un precedente nefasto para las democracias del mundo y eliminaría de hecho las características del mandato popular, al imposibilitar la formación de las leyes, la exigencia de la rendición de cuentas, la dedicación exclusiva a sus funciones y el control popular, político y moral de sus actuaciones, lo cual sería la muerte del Estado de Derecho.

Comparte esta noticia: