Parlamento Nacional sancionó en primera discusión reforma de Ley de la Actividad Aseguradora
Prensa AN
Publicado: 25/01/2022 07:39 PM
El Parlamento Nacional aprobó en primera discusión del Proyecto de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora, con el propósito de ajustar el ejercicio de la actividad aseguradora a las necesidades reales de la economía y de la sociedad venezolana.
En la sesión ordinaria celebrada este martes 25 de enero, en el Palacio Federal Legislativo, el diputado Fernando Bastidas presentó el citado proyecto, sobre el cual señaló que Venezuela desde hace unos meses ha iniciado un proceso de recuperación económica, gracias al esfuerzo del Revolución Bolivariana, a pesar de las distintas condiciones que inciden sobre la realidad económica actual, como lo es el bloqueo criminal perpetrado por el imperialismo estadounidense y la pandemia de COVID-19, a lo que se suma la crisis del modelo rentista productor petrolero.
En ese sentido, sobre la necesidad de la reforma del mencionado instrumento jurídico, Bastidas destacó que para que la economía venezolana continúe avanzando se requiere que los distintos sectores de la economía se adecuen a esos nuevos tiempos que hoy transita la República.
El proyecto de reforma de la Ley de la Actividad Aseguradora, señala que con la reforma se contribuirá al financiamiento de las inversiones tecnológicas que permitan una fiscalización oportuna y real de los sujetos regulados, mayor presencia física en las sedes regionales de éstos, así como hacer justicia social con los compromisos laborales y beneficios con el personal técnico, administrativo y obrero de dicha institución.
También se evita el acceso de capitales de dudosa procedencia, al reincorporar la prohibición de la participación de sujetos y operaciones que provengan de jurisdicciones de baja imposición fiscal; asimismo, se otorga fuerza de ley a la obligación de diseñar, implementar y mantener un Sistema Integral de Administración de Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, para los sujetos regulados y el propio Órgano de control,
Asimismo, el Estado venezolano toma la vanguardia al sustituir la Unidad Tributaria (U.T.) por el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela según el promedio ponderado resultante de las operaciones diarias de las mesas de cambio activas de las instituciones bancarias participantes, como valor de referencia para el cálculo de los capitales mínimos, garantía a la Nación, tasas por servicios y las sanciones establecidas en la ley.
REDACCIÓN MAZO