Leopoldo López debe regresar a Ramo Verde (+ detalles)
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Publicado: 02/05/2019 02:47 PM
El Tribunal Quinto de Ejecución de
Primera Instancia de la Circunscripción Judicial Penal del Área
Metropolitana de Caracas revocó la medida de detención domiciliaria al
ciudadano Leopoldo López por
violarla flagrantemente, además de violar la medida referida a la condición
relativa a pronunciamientos políticos por medios convencionales y no
convencionales, nacionales e internacionales, demostrando con ello la no
sujeción a las medidas.
En vista de lo señalado, el juzgado
en su decisión libra orden de aprehensión dirigida al Servicio Bolivariano de
Inteligencia Nacional (Sebin) en contra del ciudadano Leopoldo López.
El Tribunal Quinto de Ejecución
ordena que el mencionado ciudadano continúe cumpliendo su pena de 13 años de
prisión -de los cuales ha cumplido cinco años, dos meses y doce días- en el Centro
Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde (Cenapromil).
Indica el Tribunal Quinto de Ejecución de
Primera Instancia de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana
de Caracas que es un hecho público, notorio y comunicacional la
violación por parte de Leopoldo López
de la medida de detención domiciliaria, al aparecer y declarar en medios de
comunicación masivos.
PRENSA
TSJ