Al Nazi-onal le salió el tiro por la culata (+pago $13 millones por difamación)


Publicado: 21/04/2021 10:44 PM

Pese a que integrantes de la derecha, nacional e internacional, se empeñan en cuestionar la decisión de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de declarar procedente la segunda fase el avocamiento solicitado por el apoderado judicial de Diosdado Cabello por el delito de difamación, la medida está sustentada judicialmente en las leyes venezolanas.

 

Inicialmente el artículo 442 del Código Penal tipifica esta acción como un delito y señala que: “quien comunicándose con varias personas, reunidas o separadas, hubiere imputado a algún individuo un hecho determinado capaz de exponerlo al desprecio o al odio público, u ofensivo a su honor o reputación, será castigado (…) Si el delito se cometiere en documento público o con escritos, dibujos divulgados o expuestos al público, o con otros medios de publicidad, la pena será de dos años a cuatro años de prisión y multa de doscientas unidades tributarias (200 U.T.)”.

Mientras que el artículo 50 del Código Orgánico Procesal Penal destaca que “la acción civil para la restitución, reparación e indemnización de los daños y perjuicios causados por el delito”.

En este sentido, la medida judicial está apegada a derecho y el Poder Judicial como garante de los derechos de los venezolanos actuó conforme a la ley, y no como quiere hacerse creer desde la óptica de la derecha que asegura que la decisión es preferencial.

Es decir, la decisión no tiene que ver con asuntos políticos, sino con asuntos éticos y de justicia que buscan resarcir un daño moral causado por la falta de profesionalismo de un medio de comunicación que busca y apuesta a socavar el nombre de un soldado leal de la Revolución


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